lunes, 10 de octubre de 2011

CONTENIDOS DIGITALES Y DERECHOS DE AUTOR

DIGITAL CONTENT AND COPYRIGHT; CONTENUS NUMERIQUES ET DROIT D'AUTEUR ; CONTEÚDO DIGITAL E DIREITOS AUTORAIS; ЦИФРОВОГО КОНТЕНТА И АВТОРСКИХ ПРАВ; 數字內容和版.


En la primera semana del mes de octubre de 2011, tuvo lugar en el centro internacional de negocios de la ciudad de Bogotá, Corferias, “TRES PUNTO CERO”, se congregaron varios expositores especialistas en el manejo de contenidos digitales, compartiendo experiencias y abriendo posibilidades para la optima gestión de este tipo de contenidos, puesto que por su gran volumen y diversidad de formatos se dificulta su administración. 


El director general de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR, la cual está adscrita al MINISTERIO DEL INTERIOR, Juan Carlos Monroy, en su interesante ponencia transmitió información valiosa, relevante y orientadora, respecto a que procedimientos se deben ejecutar para mantener protegido cualquier tipo de contenido digital que se encuentre o no en la web. 

Lo que la mayoría de la gente cree que se debe hacer en estos casos es dirigirse a la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, http://www.sic.gov.co para registrar cualquier modificación a un diseño ya elaborado o una invención mediante una patente; pero hablando de contenidos digitales esto no es suficiente porque la información digital es más vulnerable a ser alterada por terceros.

En primer lugar es necesario aclarar que los contenidos digitales están compuestos por vídeo juegos, animaciones, grabaciones y otros materiales; los cuales para protegerlos es necesario dirigirse a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR, http://www.derechodeautor.gov.co donde se posibilita registrar una titularidad que indica quien es el propietario del derecho puesto que no siempre el creador es el dueño del mismo debido a que en ocasiones se transfieren, o simplemente se le remunera a un creador para desarrollar cualquier contenido de este tipo a nombre de otro titular. 

En el registro realizado, se contempla un examen de reproducción y comunicación donde se afirma a quien pertenece, como y para que puede utilizarse tal contenido; adjunto a esto deben mencionarse las medidas técnicas del contenido y las medidas legales por medio de las cuales se protege el derecho de autor. 

Es importante saber por parte del titular de un contenido digital; que cuando se utiliza un guion audiovisual diferente al registrado no se viola el derecho de autor. (MONROY, 2011)



"Recuperación de Información" AND "Universidad de La Salle" AND "Sistemas de Información y Documentación" AND "Grupo 21" AND "demanda documental"

1 comentario:

  1. Cabe afirmar que un derecho de autor es igual a la propiedad intelectual de un autor.

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